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Deducción del IRPF por comprar un coche eléctrico: hasta 3.000 €

El 15 % del precio del coche, con base máxima de 20.000 €. Caduca el 31 de diciembre de 2026 y tiene cuatro requisitos que dejan fuera a mucha gente.

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Cifras verificadas con fuentes citadas al final. Cómo trabajamos.

Plaza de aparcamiento española pintada de verde con el pictograma de coche eléctrico y un poste de recarga junto a un utilitario blanco

De todas las ayudas que han existido para comprar un coche eléctrico en España, esta es la que menos ruido ha hecho y la que menos papeleo tiene: no se solicita, no se concede y no hay cola. Se aplica en la declaración de la renta y punto.

También es la que tiene fecha de caducidad más cercana. Y a cuatro meses de que expire, conviene tener las condiciones claras.

Lo que es, en una tabla

Lo regula la disposición adicional quincuagésima octava de la Ley del IRPF, introducida por el Real Decreto-ley 5/2023:

ConceptoCondición
Porcentaje15 % del valor de adquisición
Base máxima20.000 €
Deducción máxima3.000 €
Qué entra en la baseEl precio del vehículo más los gastos y tributos inherentes a la adquisición
PlazoMatriculación a tu nombre antes del 31 de diciembre de 2026
Cuándo se aplicaEn el periodo impositivo en que se matricule el vehículo
Cuántas vecesUna sola compra por contribuyente

Ese detalle de la base es más generoso de lo que parece: no es solo el precio del coche, sino también los gastos y tributos inherentes a la adquisición. En un coche que pague impuesto de matriculación, ese impuesto entra en la base de la deducción.

Los cuatro requisitos que dejan fuera a mucha gente

Aquí es donde se cae la mayoría de las consultas, así que conviene leerlos uno a uno.

1. El vehículo tiene que ser de una categoría concreta

Turismos M1, cuadriciclos ligeros L6e, cuadriciclos pesados L7e o motocicletas L3e, L4e o L5e.

Los turismos entran. Las furgonetas de carga, no.

2. El modelo tiene que ser subvencionable

Este es el requisito que más gente ignora y el más restrictivo. El modelo debe ser subvencionable conforme a la normativa estatal reguladora del programa de ayudas públicas a la movilidad eléctrica aplicable en el momento de la matriculación.

No basta con que el coche sea eléctrico: tiene que estar en la lista de modelos elegibles de la normativa de ayudas vigente entonces. Comprobarlo antes de firmar es literalmente el paso más importante de todo este artículo.

3. No puede estar afecto a una actividad económica

Es una deducción para particulares. Si el coche va a la actividad de un autónomo o de una sociedad, esta vía no aplica: ahí entra otra mecánica distinta, la de la retribución en especie y la deducibilidad del gasto, que no se resuelve con este artículo.

4. El precio no puede superar el máximo de la normativa de ayudas

La ley remite otra vez al programa estatal de ayudas: el precio de venta no puede superar el importe máximo establecido para ese tipo de vehículo por esa normativa, calculado en sus propios términos.

Los requisitos 2 y 4 remiten a la normativa de ayudas vigente en el momento de la matriculación, no a una lista fija.

Eso significa que la respuesta a «¿mi coche entra?» puede cambiar de un año a otro, y que este artículo no puede dártela por ti. Lo que sí puede es decirte exactamente qué preguntar en el concesionario: si el modelo y la versión concretos son subvencionables conforme al programa estatal vigente y si el precio está dentro del máximo. Que te lo confirmen por escrito.

La segunda vía: pagar a cuenta

La norma prevé una alternativa poco conocida y bastante útil cuando el plazo aprieta.

Si no puedes matricular antes del 31 de diciembre de 2026 —porque el plazo de entrega se va a 2027, que hoy es lo normal en bastantes modelos— puedes abonar al vendedor una cantidad a cuenta que represente al menos el 25 % del valor de adquisición dentro del plazo.

En ese caso:

  • la deducción se practica en el periodo impositivo en que se abona esa cantidad;
  • el resto debe pagarse y el vehículo adquirirse antes de que termine el segundo periodo impositivo siguiente a aquel en que se hizo el pago.

Es decir: una señal del 25 % pagada en 2026 conserva el derecho a la deducción aunque el coche llegue después. Para quien esté decidiendo ahora, esta es probablemente la información más valiosa del artículo.

Hay que elegir una de las dos vías —matriculación o pago a cuenta—, no se pueden combinar.

La otra deducción: el punto de recarga

La misma disposición adicional tiene un apartado más, y es compatible con el anterior:

VehículoPunto de recarga
Porcentaje15 %15 %
Base máxima20.000 €4.000 € anuales
Deducción máxima3.000 €600 €
PlazoMatriculación hasta 31/12/2026Instalación terminada, como muy tarde, en 2026

Sumadas, hasta 3.600 €.

La del punto de recarga tiene además dos condiciones propias que conviene no pasar por alto: el inmueble debe ser de tu propiedad y no estar afecto a actividad económica, y no se puede pagar en efectivo —tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta—. Todo el detalle, con lo que la comunidad de vecinos no puede impedirte, está en punto de recarga en casa.

Las subvenciones se restan

Un punto que genera bastantes errores en la declaración.

De la base de la deducción hay que descontar las cuantías que hubieran sido subvencionadas o vayan a serlo a través de un programa de ayudas públicas. No se cobran las dos cosas enteras sobre el mismo dinero.

Y si la subvención te la conceden después de haber aplicado la deducción, hay que regularizar: añadir el importe indebidamente deducido a la cuota. No es una sanción, es un ajuste, pero hay que hacerlo.

Cuánto vale esto de verdad

Puesto junto al resto de la cuenta de un eléctrico, el orden de magnitud es este:

PartidaImporte
Deducción por el vehículoHasta 3.000 €, una vez
Deducción por el punto de recargaHasta 600 €, una vez
Impuesto de matriculación0 % si emite 120 g/km o menos — un eléctrico siempre
Ahorro anual de energía frente a gasolina, cargando en casaDel orden de varios cientos de euros

Las dos deducciones son dinero de una sola vez, pero llegan en el momento en que más pesa: el año de la compra, que es cuando el eléctrico es más caro que su equivalente térmico. Los números de la energía están en cuánto cuesta cargar un coche eléctrico, y lo que se ahorra —y lo que no— en el taller, en el mantenimiento de un coche eléctrico.

Lo que este artículo no puede decirte

Dos cosas, y conviene decirlas claras:

Si tu modelo concreto es subvencionable. Depende de la normativa de ayudas vigente el día de la matriculación, que cambia. Es una comprobación que hay que hacer en el momento, y que el vendedor debe poder confirmarte. El programa estatal de ayudas a la compra en 2026 es el Plan Auto+, que sustituyó al MOVES III: allí están sus precios máximos y cómo se pide.

Cuánto vas a recuperar exactamente. Una deducción reduce la cuota del impuesto, así que su efecto depende de que tengas cuota suficiente contra la que aplicarla. No es un cheque: es un menor pago. Alguien con una cuota muy baja puede no llegar a aprovechar los 3.000 € completos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se deduce por comprar un coche eléctrico?

El 15 % del valor de adquisición, con una base máxima de 20.000 €: hasta 3.000 € de deducción, una sola vez.

¿Hasta cuándo está vigente?

Para vehículos matriculados a tu nombre antes del 31 de diciembre de 2026. Si pagas al menos el 25 % a cuenta dentro de plazo, conservas el derecho aunque el coche se entregue después.

¿Vale cualquier coche eléctrico?

No. Debe pertenecer a una de las categorías previstas, ser un modelo subvencionable según la normativa estatal de ayudas vigente al matricularlo, no estar afecto a actividad económica y no superar el precio máximo de esa normativa.

¿Se puede combinar con la deducción del punto de recarga?

Sí, son compatibles. Entre las dos, hasta 3.600 €.

¿Y si además recibo una subvención?

El importe subvencionado se descuenta de la base de la deducción. Si la ayuda llega después de haber deducido, hay que regularizar.

¿Los autónomos pueden aplicarla?

No sobre un vehículo afecto a su actividad económica: la norma lo excluye expresamente.

Conclusión

3.000 € por el coche, 600 € por el cargador, y el 31 de diciembre de 2026 como fecha límite.

No hay que pedir nada ni competir por un presupuesto: se aplica en la renta. Pero hay dos comprobaciones que sí dependen de ti y que no se pueden hacer después: que el modelo concreto sea subvencionable y que el precio no pase del máximo.

Y si el coche que quieres no llega a tiempo, la señal del 25 % es la puerta que deja la propia ley abierta.

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