Lunes por la tarde, 7 de septiembre, autovía A-3 a su paso por Utiel, en Valencia. Límite: 120 km/h. El radar móvil de la Guardia Civil de Requena registra un coche de alta gama a 218 km/h.
Noventa y ocho kilómetros por hora por encima de lo permitido. A esa velocidad se recorren 60 metros cada segundo: un campo de fútbol en menos de dos.
El conductor, de 39 años, no va a recibir una multa en casa. Está investigado por un delito contra la seguridad vial, y su caso ya está en el juzgado de guardia de Requena, según Motorpasión.
En corto.
Correr más de 80 km/h por encima del límite en vía interurbana es delito, no infracción.
Pena: de 3 a 6 meses de prisión, o multa de 6 a 12 meses, o 31 a 90 días de trabajos comunitarios.
Y siempre, además, entre uno y cuatro años sin carnet.
¿A partir de qué velocidad es delito?
La mayoría de los conductores sabe que correr se multa. Menos saben que, a partir de cierto punto, deja de ser un asunto de Tráfico y pasa a ser de un juez.
El artículo 379.1 del Código Penal castiga a quien conduzca a una velocidad superior en 60 km/h a la permitida en vía urbana, o en 80 km/h en vía interurbana. En la práctica:
| Vía | Límite | Es delito a partir de |
|---|---|---|
| Ciudad | 50 km/h | más de 110 km/h |
| Carretera convencional | 90 km/h | más de 170 km/h |
| Autovía o autopista | 120 km/h | más de 200 km/h |
El conductor de la A-3 superó esa última línea por 18 km/h.
Lo que se juega
La pena que prevé el Código Penal es, a elegir por el juez, una de estas tres:
- Prisión de tres a seis meses.
- Multa de seis a doce meses, que se calcula por días según los ingresos del condenado.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Y, en todos los casos, la privación del derecho a conducir de más de uno y hasta cuatro años.
Hay además un coste del que nadie habla: una condena por un delito de tráfico deja antecedentes penales. Y un año o cuatro sin carnet no es solo no conducir: el coche sigue pagando seguro, impuesto y pérdida de valor aunque esté parado, como contamos en cuánto cuesta tener un coche parado.
Por debajo del delito, también duele
Aunque no llegues a esos extremos, un exceso de velocidad sin delito se paga igual: entre 100 y 600 euros y hasta 6 puntos, según cuánto te pases. El cuadro completo, en cuánto cuesta una multa de tráfico, y cómo está tu saldo, en los puntos del carnet.
Lo que de verdad cuesta correr
Hay una cuenta que cualquiera puede hacer. Ir a 140 en lugar de a 120 en un viaje de 300 km te ahorra unos 21 minutos. A cambio, el consumo sube de forma notable, porque la resistencia del aire crece con el cuadrado de la velocidad. A 218 km/h, ni eso: el ahorro se mide en minutos y el precio, en años.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es delito el exceso de velocidad en autopista?
Cuando se superan en más de 80 km/h los 120 del límite: es decir, a partir de 201 km/h. En vía urbana, cuando se superan en más de 60 km/h.
¿Qué pena tiene el delito de exceso de velocidad?
Prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y, siempre, entre uno y cuatro años sin carnet.
¿Se va a la cárcel por correr?
El juez puede elegir la prisión, pero también la multa o los trabajos comunitarios. La retirada del carnet es obligatoria en cualquier caso.
¿Cuánto es la multa si no llega a delito?
Entre 100 y 600 euros y hasta 6 puntos, según cuánto se supere el límite.
¿Qué cambia en las normas de tráfico el 1 de octubre?
Nada en los límites de velocidad. Los cambios son en los entornos escolares, los peatones, el pasillo de emergencia y el adelantamiento a ciclistas: los explicamos en las nuevas normas de tráfico.
Fuentes
- Fuente primaria: Código Penal, artículo 379, texto consolidado en el BOE. Es el artículo que convierte en delito superar en más de 80 km/h el límite en vía interurbana.
- Los hechos proceden de las diligencias de la Guardia Civil de Valencia (Destacamento de Requena), difundidas el 21/09/2026 y recogidas, entre otros, por elEconomista y Última Hora. La Guardia Civil no publicó nota propia de este caso.
- Sanciones administrativas por exceso de velocidad: DGT, «Conoce los tipos de infracciones y sanciones».





